Objeción de Conciencia e Información Médica
Categoría Medicina y Salud Pública

Desestimada la petición de un médico de familia de ser objetor en tareas de información del aborto
Dada la condición de funcionario público del médico, según el Titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Málaga, no puede alegar “objeción de conciencia” al no estar directamente implicado en el procedimiento de interruppción voluntaria de embarazo.
El juez señala que el médico “presenta una apariencia de afectación periférica a su derecho a obrar conforme a su conciencia al limitarse su quehacer a una tarea informativa y derivación de la mujer, sin estar implicado directamente en la interrupción voluntaria del embarazo”, que, a su entender, “sería el núcleo duro, fuerte, de su protección”, el cual no se discute si ha sido afectado.
Por esto, se considera que, “poniendo frente a frente” esa afectación periférica del ámbito de la conciencia del recurrente, que es “su interés privado”, y el interés público “que representa la atención adecuada en el sistema sanitario público en todos los niveles de las mujeres que desean información sobre la interrupción voluntaria del embarazo”, este “ha de tener prevalencia”, por lo que rechaza la suspensión.
Fuente jano.es
No obstante este profesional en unión de otros , respaldados por el Colegio de Médicos y el colectivo ANDOC (Asociación para la Defensa del Derecho a la Objeción de Conciencia), están dispuestos a defender su derecho ante órganos judiciales superiores e, incluso, solicitar el amparao a la Unión Europea, después de que el Consejo de Europa aprobará en Octubre de 2010 una resolución en la que se subraya que “ninguna persona, hospital o institución” puede ser discriminada dentro de los estados de la Unión debido a su rechazo a realizar o participar en la práctica de un aborto.
Fuente elmundo.es
Declaración de la Comisión Central de Deontología de la Organización Médica Colegial sobre la Objeción de Conciencia del Médico.










