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Aragón y Medicina

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26 Octubre 2011

Acceso del paciente a su historia clínica

Categoría Derecho Sanitario

La historia clínica comprende el conjunto de los documentos relativos a los procesos asistenciales de cada paciente, con la identificación de los médicos y de los demás profesionales que han intervenido en ellos, con objeto de obtener la máxima integración posible de la documentación clínica de cada paciente, al menos, en el ámbito de cada centro.

De interesante se puede considerar la entrada "la historia clínica y la informática" escrito por María Romero Navajas, en la que de forma clara y sencilla establece las condiciones de acceso del propio paciente a su historial clínico.

La normativa española que establece el derecho de acceso al paciente a su historial clínico viene establecida en la siguiente Ley:

Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

Artículo 18.- Derechos de acceso a la historia clínica.

1. El paciente tiene el derecho de acceso, con las reservas señaladas en el apartado 3 de este artículo, a la documentación de la historia clínica y a obtener copia de los datos que figuran en ella. Los centros sanitarios regularán el procedimiento que garantice la observancia de estos derechos.

2. El derecho de acceso del paciente a la historia clínica puede ejercerse también por representación debidamente acreditada.

3. El derecho al acceso del paciente a la documentación de la historia clínica no puede ejercitarse en perjuicio del derecho de terceras personas a la confidencialidad de los datos que constan en ella recogidos en interés terapéutico del paciente, ni en perjuicio del derecho de los profesionales participantes en su elaboración, los cuales pueden oponer al derecho de acceso la reserva de sus anotaciones subjetivas.

4. Los centros sanitarios y los facultativos de ejercicio individual sólo facilitarán el acceso a la historia clínica de los pacientes fallecidos a las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, salvo que el fallecido lo hubiese prohibido expresamente y así se acredite. En cualquier caso el acceso de un tercero a la historia clínica motivado por un riesgo para su salud se limitará a los datos pertinentes. No se facilitará información que afecte a la intimidad del fallecido ni a las anotaciones subjetivas de los profesionales, ni que perjudique a terceros.

Artículo 19.- Derechos relacionados con la custodia de la historia clínica.

El paciente tiene derecho a que los centros sanitarios establezcan un mecanismo de custodia activa y diligente de las historias clínicas. Dicha custodia permitirá la recogida, la integración, la recuperación y la comunicación de la información sometida al principio de confidencialidad con arreglo a lo establecido por el artículo 16 de la presente Ley.

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José Antonio Cuenca Campillo nace en Zaragoza en 1956. Hijo de un ferroviario y de una enfermera sus primeros años transcurren en el barrio rural de Casetas, distante 14 kms de Zaragoza, a donde llega por el destino de su padre a ese importante nudo ferroviario. Inicia sus estudios en el Colegio de San Miguel de esa localidad hasta completar su Bachillerato Elemental. Para poder llevar a cabo sus estudios de Bachillerato Superior en el Instituto "Goya", se traslada a Zaragoza, instalándose en el domicilio de sus abuelos paternos. Ya con toda la familia en Zaragoza, inicia sus estudios de Medicina en 1973, finalizandolos en 1979, a los 23 años. Durante los años de carrera es nombrado alumno interno de Patología Qururgica "B" (Traumatología), asiste como voluntario al Servicio de Urgencias del Hospital MAZ de Zaragoza y trabaja en el Hospital Miguel Servet como A.T.S. Finalizada la carrera de Medicina se hace cargo, de forma interina, de una plaza de Sanidad en el Distrito V de Valladolid. pasando consulta de Medicina General en el consultorio de "Los Pajarillos" en el barrio homónimo de esa ciudad castellana. En 1980, siguiendo el consejo de un buen amigo, oposita a Sanidad Militar, ingresando en dicho cuerpo ese mismo año. Colabora y forma parte de la Organizacion No Gubernamental "MEDICUS MUNDI ARAGÓN". Es socio de UNICEF España y es miembro de la Asociación Cultural "Asociación de Amigos del Camino de Santiago de Zaragoza" de la que forma parte desde 1993, año en el que realizó el "Camino" a pie. con su familia, desde el Somport (Huesca) hasta Santiago de Compostela. Forma parte tambien de la Asociación de Antiguos Alumnos de la Universidad de Zaragoza (AGRALUZ) Actualmente desarrolla su actividad profesional en Zaragoza desde 1983.

; El objetivo de este blog es la divulgación del conocimiento médico mediante comentarios y referencias dirigidos a los profesionales sanitarios y a aquéllas personas interesadas en los temas de salud y organización sanitaria. La información publicada en “Aragón y Medicina” nunca puede sustituir ni reemplazar la necesaria relación personal entre un paciente y su médico de confianza. No se atenderán casos clínicos particulares ni se dará información personalizada. Este blog no recopila datos personales de ningún tipo. Ver código ético aquí Free counter and web stats
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