El Aborto en España
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En el día de ayer el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardon anunciaba en el Congreso de los Diputados una reforma de la Administración de Justicia de gran calado en España. Entre las propuestas ha señalado que se va a proceder a la modificación de la Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, la conocida como ley del aborto, lo que supone un nuevo giro en la legislación sobre una materia tan sensible y controvertida.
La interrupción voluntaria del embarazo fue despenalizada por primera vez en España con el gobierno socialista de Felipe González. La Ley Orgánica 9/1985 de julio de 1985 establecía los primeros supuestos de despenalización. Las mujeres podrían abortar, sin límite de plazo, en caso de que su embarazo pusiera en peligro su salud física o psíquica. En el caso de que el embarazo fuera consecuencia de una violación, podrían abortar dentro de las primeras doce semanas de gestación. Otro supuesto admitido era el de la existencia de grave riesgo de taras físicas o psíquicas para el feto.
Pero en noviembre del 2007, cuando la Guardia Civil empezó a registrar las clínicas del ginecologo Carlos Morín en Barcelona se inicio una presión de determinados medios de comunicación y partidos políticos que provocaron un proceso mediático encaminado a modificar la ley del 1985. Semanas más tarde, la investigación continuó en Madrid. Con la investigación llegó el escándalo. En España se podía abortar con siete u ocho meses de embarazo.
La Ley del 85 permaneció inalterada durante más de quince años y ese hecho, junto con los comentados de 2007, fueron argumentos del gobierno del también socialista José Luis Rodríguez Zapatero para promover en 2010 una nueva ley del aborto. El supuesto del peligro para la salud psíquica se había convetrtido en la práctica en un coladero fraudulento alegado indiscriminadamente.
La Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, promulagada en 2010, abrió la puerta al aborto libre para todas las mayores de 16 años durante las primeras 14 semanas de gestación. En el caso de existir riesgo para la vida de la madre se podría abortar hasta la vigésimosegunda semana. Uno de los puntos más polémicos de la nueva fue el relativo al derecho a abortar de las menores. La Ley estipula que las menores de edad, si tienen más de 16 años, podrán interrumpir su embarazo sin informar a sus padres. Las menores de esa edad también, en el caso de que aleguen que están siendo coaccionadas o sufriendo violencia en el entorno familiar. En tal caso, no es necesario ni la información a los padres ni su consentimiento.
Fundamentalmente este cambio de la "Ley del aborto" en menores sin consentimiento de los padres es el que puede ser objeto de modificación en los próximos meses. Esta iniciativa pone en cuestión la ley de plazos, de la que Gallardón destacó que fue aprobada sin consenso, con la opinión desfavorable de los órganos consultivos y se debe inspirarse en la defensa del derecho a la vida según la doctrina ya definida por el Tribunal Constitucional*. Con la actual norma sólo se exige que los progenitores sean informados por sus hijas, siempre que éstas no aleguen peligro de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos, desarraigo o desamparo. En su día, el PP criticó que el aborto sea libre en las primeras 14 semanas y tachó de coladero que se pueda interrumpir el embarazo hasta la semana 22 si hay riesgo para la gestante.
Bienvenida pues esta propuesta del Ministro de Justicia y del Gobierno de España que trata de poner orden y sentido común a una Legislación que no contó, en su día, con los apoyos necesarios.
Nota del autor. La pretensión de este artículo es la de relatar una serie de hechos y acontecimientos legislativos sobre el aborto en España. La opinión del autor es conocida por sus publicaciones en esta misma plataforma caracterizada por la defensa del derecho a la vida desde el mismo momento de la concepción.
La Constitución española en su artículo 15, en conexión con el reconocimiento de la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad en el artículo 10.1, reconoce al no nacido (nasciturus) la titularidad del derecho a la vida (derecho a nacer).


















Jose Antonio Cuenca Campillo dijo
La OMC comparte lo anunciado por el ministro Gallardón sobre la Ley del aborto porque responde a la petición de la organización
http://www.cgcom.es/noticias/2012/01/12_01_26_aborto
26 Enero 2012 | 11:47 AM