Sijena, Cataluña y el Tribunal Constitucional
Categoría Sala de Disección

Portada románica del monasterio. Imagen:joseacuenca
De indignante se ha considerado por varios representantes institucionales aragoneses la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el derecho de retracto del Gobierno de Aragón ante la venta de los bienes del Monasterio de Sigena actualmente en Cataluña. Desde el alcalde de la localidad de Sijena hasta el Director General de Patrimonio del Gobierno de Aragón muchos son los que levantan su voz ante la decisión -no recurrible- del TC. Los argumentos aragoneses no han podido con los que han esgrimido varios de los componentes del Alto Tribunal. Sólo cabe acatar la sentencia y presentar ante otras instancias la demanda de recuperación de los bienes aragoneses. Se nos ha negado el derecho de retracto pero nadíe puede impedir a Aragón y sus representantes pedir la devolución de esos bienes, ante un improbable recurso en el Tribunal Europeo de Estrasburgo o mediante la utilización de otras fórmulas jurídicas. A "cabezones" no nos gana nadie y si hay que insistir se deberá insistir.
Mi decepción, que no indignación, esta basada en que el Tribunal Constitucional ha obviado la Historia. Una Historia que los aragoneses tenemos muy clara cuando otros intentan tergiversarla por intereses políticos. Mi decepción se basa también en la utilización de determinadas afirmaciones para unos asuntos y justamente la contraria para otras similares. Como apunta hoy el alcalde de de esta localidad monegrina es dificilmente entendible que prevalezca el lugar donde están depositadas las piezas, Cataluña en este caso, y no lo sea en otros como el derecho reconocido a la región vecina para recuperar los papeles de la Guerra Civil, depositados en Salamanca.
De muy interesante me ha parecido el artículo de Guillermo Fatás publicado en el Heraldo de Aragón de hoy titulado "Sijena en dos lecciones" en él que se dice que que el Tribunal Constitucional "se considera competente para decidir que Aragón no puede limitar la potestad de Cataluña cuando el derecho de retracto no puede ser reconocido para recuperar bienes culturales procedentes sin duda de Aragón, pero comprados por Cataluña en suelo catalán" (interesante lección reconociendo derechos de una comunidad en menoscabo de otra, aunque estos esten recogidos en el Estatuto de Autonomía de Aragón).
Pero no se queda ahí el autor del artículo, la segunda lección es de Historia y en ella establece cronologicamente cinco episodios: "Primero: se ocupa y se incendia un monumento aragonés excepcional, fundación regia del siglo XII y monumento nacional, en plena guerra civil. Segundo: de inmediato, se arrancan y trasladan sus grandes pinturas murales a territorio catalán, donde siguen. Tercero: en años posteriores las monjas sanjuanistas (algunas de las cuales hablaron despues de muertas, según se supo), residentes en suelo aragonés, pero diocesanamente ilerdense, dejan sus bienes de arte en custodia a museos catalanes y los desarraigan de Aragón, donde secularmente estuvieron y en cuya historia se entrañan. Cuarto: en 1970 se mudan las sores a Valldoreix (Barcelona). Quinto: en 1983 y en 1992, sin dar la debida notificación al Gobierno de Aragón, las venden a la Generalitat de Cataluña que tampoco anuncia el caso en su Diario Oficial".
Ahi queda eso. Después de esto y tras largo periodo (catorce años) de estudio y reflexión -concluye- la determinación de la verdadera propiedad no es incumbencia del Altisimo Tribunal.


















ruedademolino dijo
Mi indignación sobre este estado de degradación moral ha llegado a tal extremo, que prefiero no escribir lo que siento al respecto.
Paciencia, amigo José Antonio. Refugiate, como yo hago, en la creencia de que "no hay mal que cien años dure".... ni cuerpo que lo resista.
El expolio que Cataluña está haciendo sobre bienes que en ningún caso le pertenecen sobrepasa todas las líneas rojas existentes. ¿Te acuerdas del Archivo de Aragón, por ejemplo?
26 Enero 2012 | 08:17 PM